Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 79-2018 | FICH-UNL

Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 79-2018

Res 79 - 18 Reglamento Equivalencias

Expte. Nº 874660 -17.-

 

SANTA FE, 23 de abril de 2018.-

 

            VISTO el expediente de referencia por el cual la Secretaría Académica eleva propuesta de Procedimiento para la Tramitación de Equivalencias para las Asignaturas de las Carreras de Grado y Pregrado Presenciales de la Facultad, y

            CONSIDERANDO:

QUE se encuentran vigentes las Ordenanzas CS  Nº 13/84 y 14/84, que regulan la tramitación de pases y equivalencias,

            QUE es necesario fijar y unificar criterios que otorguen claridad y operatividad al trámite administrativo,

            QUE el Decano dicté Resolución Nº 46//18 dictada por el Decano, ad-referéndum del Consejo Directivo.

            POR ELLO y teniendo en cuenta el despacho producido por las Comisiones de Interpretación y Reglamentos, y de Enseñanza,

 

EL CONSEJO DIRECTIVO

de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas

Resuelve:

ARTÍCULO 1º.- Avalar la Resolución Nº 46//18 dictada por el Decano, ad-referéndum del Consejo Directivo.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Procedimiento para la Tramitación de Equivalencias para las Asignaturas de las Carreras de Grado y Pregrado Presenciales de la Facultad, que como Anexo, formarán parte de la Resolución a dictarse.

ARTÍCULO 3º.- Inscríbase, comuníquese, tome nota Secretaría Académica y Departamento Alumnado. Cumplido, archívese.-

 

RESOLUCIÓN  CD  Nº 79/18.-

 

 

 

 

 

 


 

ANEXO  RESOLUCIÓN CD N° 79/18

 

UNIVERSDAD NACIONAL DEL LITORAL

FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS HÍDRICAS

Procedimiento para el Tratamiento de Equivalencias de asignaturas de grado y Pregrado Presenciales

 

ALCANCE

Artículo 1º: El trámite para el reconocimiento por equivalencia de asignaturas aprobadas en otras Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas, en las demás Unidades Académicas de la Universidad Nacional del Litoral o en carreras de esta Facultad, conforme a las normas establecidas en las Ordenanzas C.S. Nº 13/84 y 14/84, estará sujeto al siguiente procedimiento.

 

PROCEDIMIENTO

Artículo 2º:

Inc. 1º) El solicitante deberá presentar por Departamento de Mesa de Entradas (DMdE) el Formulario de Solicitud de Equivalencias, en el que explicitará la/s asignatura/s para las que solicita reconocimiento por equivalencia, señalando específicamente cuál o cuáles de las asignaturas aprobadas incluyen los contenidos equivalentes.

En todos los casos, deberá acompañar  la documentación que se detalla a continuación:

  1. Certificado analítico original de asignaturas rendidas.
  2. Programa analítico de aquellas asignaturas por las que se solicita reconocimiento y que estén comprendidas en el certificado analítico, en el que conste que el alumno rindió y aprobó por ese programa y la fecha del examen.
  3. Certificado del/los Plan/es de Estudios con la constancia que el interesado cursó sus estudios por dicho/s plan/es.

Toda la documentación será expedida por la Unidad Académica de origen, legalizada por la máxima autoridad competente del organismo al cual pertenezca dicha unidad y por la UNL, de acuerdo a las resoluciones de C.S: mencionadas en el Artículo 1.

 

Inc. 2º) Las solicitudes de reconocimiento por equivalencia se recibirán en los períodos que se indican a continuación, de acuerdo al tipo de solicitud:

  1. Alumnos que soliciten cursado simultáneo o graduados de esta Facultad: en febrero de cada año, previa inscripción a la carrera correspondiente.
  2. Alumnos de esta Facultad que cursan en forma simultánea carreras de la FICH: en febrero, marzo, junio y julio de cada año, previo a la inscripción a cursado de ambos cuatrimestres.
  3. Alumnos de otras Unidades Académicas de la Universidad Nacional del Litoral, de otras Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas: en febrero de cada año, con inscripción completa a la carrera.

 

En todos los casos antes mencionados el período comprende los días hábiles del mes citado.

Una vez iniciado el trámite, las solicitudes y la documentación serán remitidas al Departamento Alumnado (DA) para la elaboración del informe correspondiente. Una vez incorporado el informe al expediente, el mismo se remitirá a Secretaría Académica (SA).

 

Artículo 3º: Los reconocimientos por equivalencias podrán ser resueltas por SA, sin necesidad de consultar a los Docentes Responsables de asignaturas o a los Directores de Carrera, en los siguientes casos:

  1. Solicitudes por cambio de carrera de graduados de la Facultad, cuando la asignatura haya sido aprobada con idéntico programa al vigente en la carrera de destino.
  2. Cuando exista una resolución del Consejo Directivo que establezca la equivalencia de contenidos.
  3. Los previstos por la normativa del Programa Cursos de Acción para la Integración Curricular (CApIC).

 

Artículo 4º: La SA remitirá las solicitudes por equivalencia a los Docentes Responsables de asignaturas o a los Directores de Carrera para su evaluación, con excepción de las encuadradas en el Artículo 3º. La derivación de los expedientes se hará del siguiente modo:

  1. Se le adicionará al expediente la carátula que se presenta en el Anexo III.
  2. Se comunicará, por correo electrónico, a todos los Docentes Responsables de Asignatura que deben informar un reconocimiento por equivalencia, indicando alumno y asignatura.
  3. El docente se presentará a SA e informará, in situ, el reconocimiento por equivalencia, completando la planilla indicada en el Artículo 5º.
  4. El docente dejará indicada su intervención en la carátula firmando la planilla en el lugar correspondiente.

 

Artículo 5º: Los Profesores Responsables emitirán su informe sobre la pertinencia del otorgamiento de equivalencia para cada caso, dentro de los 15 (quince) días hábiles desde la notificación.

El informe deberá contener una opinión fundada sobre la pertinencia del otorgamiento de equivalencias, señalando para cada caso si:

  1. Corresponde equivalencia total.
  2. Corresponde equivalencia parcial, quedando condicionada la aprobación total a un examen complementario en los temas del programa vigente de la asignatura. El total de temas a rendir no debe exceder el 25 % de los temas de la asignatura.
  3. No corresponde otorgar equivalencia.

El informe se hará completando el “Informe de Otorgamiento por Equivalencia del Docente Responsable” que se presenta en el Anexo I.

 

Artículo 6º: Si una vez cumplido el plazo previsto en el Artículo 5º el Docente Responsable no ha emitido su informe, la SA podrá resolver el otorgamiento de las solicitudes de reconocimiento por equivalencia, consultando a los Directores de Carrera y/o Departamento.

 

Artículo 7: La SA elaborará un informe de las calificaciones correspondientes a las equivalencias otorgadas en forma total y/o parcial.

Las calificaciones a registrar se efectuarán de la siguiente manera:

  1. Para asignaturas de carreras de la FICH llevará la misma nota con la que se aprobó la asignatura, incluidos los insuficientes.
  2. Para asignaturas aprobadas en otra Unidad Académica o Universidad, la nota se consignará como equivalencia.

Este informe se elevará al Decano para que emita la resolución correspondiente.

 

Artículo 8º: Los reconocimientos por equivalencia serán resueltos por el Decano, a recomendación de SA. Las resoluciones serán remitidas al DA para el registro de las calificaciones y notificación al alumno, quien se notificará retirando una copia.

 

Artículo 9º: Para rendir el examen complementario previsto en el Artículo 5º, correspondiente al otorgamiento de una equivalencia parcial, el alumno deberá acordar con el Docente Responsable de la asignatura que otorgó la equivalencia, la fecha del examen en la que se evaluarán los temas que completan la equivalencia.

Una vez que el alumno apruebe el examen complementario, el Profesor Responsable de la asignatura deberá completar el “Acta de Examen Complementario de Equivalencia Parcial” que se presenta en Anexo II y presentarla en el DA. Una vez incorporadael Acta de Examen de Equivalencia Parcial al expediente, el DA lo remitirá a la SA, para que elabore el informe de equivalencia completa. Una vez cumplido, el expediente será remitido al Decano para emitir la correspondiente resolución.

 

Artículo 10º: Toda situación no prevista en esta resolución será resuelta por el Decano, a recomendación de la SA.


Anexo I: Informe de Otorgamiento por Equivalencia del Docente Responsable

 

APELLIDO Y NOMBRE DEL ALUMNO/A:…………………………………………………..…………

APELLIDO Y NOMBRE DEL PROFESOR:……………………………………………………………

Equivalencia solicitada entre la/s asignatura/s (de la Facultad de origen): …..…………………... ……………………………………… y la asignatura: …………………………………………………... ………………………………………………. correspondiente a la carrera de ………………………. …………………………………………… de esta la FICH .

a)     Concedida en forma completa (…)

b)    Concedida en forma parcial (…)

c)     Denegada (…)

Temas a ser evaluados en examen complementario: …………………………………………..……

……………………………………………………………………………………………….……………..

………………………………………………………………………………………….…………………..

………………………………………………………………………………………………….……………

 

 

Santa Fe, …/…/… …

 

 

 

………………………………….

Firma y aclaración del Profesor

 

Nota enviada el: …/…/… …

Nota recibida el: …/…/… …

 

Se ruega remitir la información solicitada dentro de los 15 días de recibida la presente.

 

Anexo II: Acta de Examen Complementario de Equivalencia Parcial

 

El alumno……………………………………………………….., DNI: ………………., rindió y aprobó el examen complementario de equivalencia parcial de los siguientes temas: ………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

Correspondientes a la Asignatura: ……………………………………………….….... ……………………………………………... según resolución Nº: …………………..

 

 

 

………………………………….

Firma y aclaración del Profesor

 

Santa Fe, …/…/……

 

 

Anexo III: Carátula del Expediente de Reconocimiento por Equivalencia

 

Apellido y Nombre del Alumno/a:………………………………………………….………

Facultad de Origen: …………………………………………………………………………

Carrera de Origen: ……………………………………………………………….…………

Carrera de Destino: …………………………………………………………………………

 

Asignatura

Docente Responsable

Firma

Fecha

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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