Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 65-2010 | FICH-UNL

Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 65-2010

Reglamento PFC IRH

Expte Nº 52.193.
SANTA FE, 19 de abril de 2010.

VISTO las presentes actuaciones relacionadas con la propuesta de modificación del Reglamento de Proyecto Final (PFC) de la carrera de Ingeniería en Recursos Hídricos, presentada por el Director de la citada carrera,

QUE la propuesta responde a las instrucciones en tal sentido emanadas de la Resolución CD Nº 244/08 de fecha 25 de agosto de 2008.

QUE el Reglamento fue revisado por la Comisión de Seguimiento Académico de Ingeniería en Recursos Hídricos, teniéndose en cuenta las opiniones de los Directores de los Departamentos Hidrología e Hidráulica, como así también la del Profesor Responsable de la Cátedra de PFC.

QUE lo propuesto es en un todo consistente con lo establecido en la Resolución Nº 1232 del Ministerio de Educación, (Anexo III, lineamientos para las “Actividades de Proyecto y Diseño” de carreras de ingeniería) y con el Plan de estudios vigente, y

CONSIDERANDO el despacho producido por las Comisiones de Enseñanza, e Interpretación y Reglamentos,


EL CONSEJO DIRECTIVO
de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas
Resuelve:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la resolución CD Nº 258/02 de fecha 16 de diciembre de 2002.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el nuevo Reglamento de Proyecto Final de Carrera de Ingeniería en Recursos Hídricos, que como anexo, forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Asimismo girar copia de las presentes actuaciones al Director de la Carrera de Ingeniería Ambiental, a efectos de que proponga los cambios necesarios al Reglamento de PFC de la citada carrera, para salvar la inconsistencia derivada de la exigencia de “haber regularizado la asignatura Formulación y Evaluación Económico Ambiental de Proyectos”, que se dicta en el 10º cuatrimestre, para la presentación de la propuesta e inicio del desarrollo

Expte Nº 52.193.

del PFC por parte de los alumnos, que colisiona con la de tener aprobadas las asignaturas correspondientes al 7º cuatrimestre del Plan de Estudios.

ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido, que transcurrido un año a partir de la aprobación de este nuevo Reglamento, el Profesor Responsable de la Cátedra de Proyecto Final de Carrera de Ingeniería en Recursos Hídricos e Ingeniería Ambiental, deberá someter a consideración de la Comisión de Seguimiento Académico de la carrera de IRH, un informe del desempeño de los estudiantes que hayan desarrollado su PFC con el nuevo marco normativo, a los efectos de que se analice los resultados alcanzados y se evalúe la necesidad y/o conveniencia de proponer modificaciones al presente Reglamento.

ARTÍCULO 5º.- Inscríbase, comuníquese, dese a publicidad. Tome nota Secretaría Académica, Secretaría de Coordinación, Secretaría de Extensión y Vinculación Tecnológica, Comisión de Seguimiento Académico de IRH e IA, Director de la Carrera de IRH, Director de la Carrera de IA, Directores de Departamentos, Responsable de la Cátedra Proyecto Final de Carrera de IRH e IA y Departamento Alumnado . Cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN C D Nº 065/10.

 

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Res-065-10