Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 318-2007 | FICH-UNL

Resolución del Consejo Directivo de la FICH N° 318-2007

Licencia con goce de haberes al PTC Cremona Parma con carácter de excepción

EXPTE Nº 46.643.-
SANTA FE, 27 de agosto de 2007.-

VISTO las presentes actuaciones por la cual el PTC. Gabriel Oscar CREMONA PARMA, solicita licencia con goce de haberes, en un cargo de Profesor Adjunto, Dedicación Exclusiva “B”, por Contrato, a los efectos de poder concluir con sus estudios de posgrado a nivel Doctorado en la Universidad Federal de Santa Catarina, BRASIL, en el ámbito del Programa de Post-graduación en Ingeniería Civil, área de concentración “Gestión Territorial y Catastro Técnico Multifinalitario”,
ATENTO a los informes realizados por Secretaría Académica, Secretaría de Ciencia y Técnica, Director del Departamento de Cartografía y Agrimensura y Departamento Personal, y
CONSIDERANDO el despacho producido por las Comisiones de Enseñanza, Ciencia y Técnica, Extensión y Transferencia e Interpretación y Reglamentos
EL CONSEJO DIRECTIVO
de la FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS HÍDRICAS
Resuelve:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar licencia con goce de haberes, con carácter de excepción, al PTC. Gabriel Oscar CREMONA PARMA (DNI Nº 14.764.179), en un cargo de Profesor Adjunto, Dedicación Exclusiva “B”, por Contrato, a los efectos de poder concluir con sus estudios de posgrado a nivel Doctorado en la Universidad Federal de Santa Catarina, BRASIL, en el ámbito del Programa de Post-graduación en Ingeniería Civil, área de concentración “Gestión Territorial y Catastro Técnico Multifinalitario”, a partir del 1º de abril de 2.007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, encuadrándose la misma en el TITULO III “Licencias Extraordinarias” Art.8º Apartado I “Con goce de haberes”, inc. d) ”Licencia por Razones de Estudio e Investigación” puntos 1; 5; 6 y 7 de la Ordenanza Nº 3/04.-
ARTÍCULO 2º.- Solicitar al citado docente, que deberá presentar el formulario, mediante el cual se compromete a permanecer en sus tareas en la Universidad Nacional del Litoral, en un plazo no menor al doble del tiempo que dura la licencia solicitada.-
ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que el PTC. Cremona Parma, deberá remitir informes de las actividades desarrolladas en la Universidad Federal de Santa Catarina, BRASIL.-
ARTÍCULO 4º.- Inscríbase, comuníquese, dese a publicidad. Tome nota Secretaría Académica, Secretaría de Coordinación, Director del Departamento Cartografía y Agrimensura, Departamento Personal. Cumplido, archívese.-
RESOLUCIÓN C. D. Nº 318 / 07.-
eaa.-

 

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Res-318-07